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El aborto

La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida.
“Antes de haberte formado yo en el seno materno, te conocía, y antes que nacieses te tenía consagrado (Ir 1, 5).  Y mis huesos no se te ocultaban, cuando era yo hecho en lo secreto, tejido en las honduras de la tierra (Sal 139)”

Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable.  El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral.  No matarás el embrión mediante el aborto, no darás muerte al recién nacido.   Dios, Señor de la vida, ha confiado a los hombres la excelsa misión de conservar la vida, misión que deben cumplirse de modo, digno del hombre. Por consiguiente, se ha de proteger la vida con; el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables.

La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. «Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión ; es decir, «de modo que incurre ipsofacto en ella quien comete el delito»,  en las condiciones previstas por el Derecho.  Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad.

El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de la legislación .  Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte dc la sociedad civil y de la autoridad política.    Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres.   Entre esos derechos fundamentales  es  preciso recordar a este propósito cl derecho del  ser humano a su vida y a la integridad física desde su concepción hasta la muerte.

Cuando una ley es impositiva y priva a la categoría de seres humanos de la protección y el ordenamiento civil que les debe, el Estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho... El respeto y la protección que se han de garantizar. desde su misma concepción, a quien debe nacer.

Por todo esto se exige que la ley prevea sanciones penales apropiadas para toda deliberada violación de sus derechos.  Puesto que debe ser tratado como una persona desde la concepción, el embrión deberá ser defendido en su integridad, cuidado y atendido médicamente en la medida de lo posible, como todo otro ser humano.

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